CONGRESO: La Pederastia ya es delito en Sonora



Por unanimidad el Congreso del Estado de Sonora aprobó el proyecto de decreto que introduce el delito de pederastia en el Código Penal del Estado con una sanción que va de los nueve a los dieciocho años de prisión a quien sostenga cualquier acto sexual con un menor de edad.
El legislador del Partido Acción Nacional, Gildardo Real Ramírez, dio lectura al dictamen de la iniciativa presentada por diputados del mismo partido con la intención de reforzar el Sistema de Justicia Penal en materia de la protección de los derechos de niñas y niños del estado; el Congreso local estableció un nuevo tipo penal mediante la creación del delito de pederastia para lo cual añadió dos artículos a las normas jurídicas.
Al Código Penal se adicionaron los artículos 169 B y 169 C, donde en el primero, además de los años de prisión, se suma una multa que va de 750 a dos mil 250 UMA a quien saque ventaja de su condición para sostener cualquier tipo de actos sexuales con un menor de dieciocho años, con o sin consentimiento o contra quien no posea la capacidad de comprender el significado del hecho o de resistirlo.
Asimismo, si el perpetrador del delito utiliza la violencia física, las penas aumentarán en una mitad más, al mismo tiempo que será sujeto a tratamiento médico integral lo que dure la pena de prisión impuesta.

“Además, el autor del delito perderá, en su caso, la patria potestad, la tutela, la curatela, la adopción, el derecho de alimentos y el derecho que pudiera tener respecto de los bienes de la víctima, en términos de la legislación civil”, se lee en el dictamen.
Estas disposiciones fueron añadidas al Código Penal del Estado de Sonora luego del exhorto emitido por la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión el pasado 6 de junio, siendo esta entidad uno de los 25 estados del país que no contemplaba el delito de pederastia.