CONCURRENCIA COLECTIVA: Ilegal fumar en playas; la prohibición para fumar llega a prisiones, centros de detención y paradas de camión


La modificación a la Ley General para el Control del Tabaco también prohíbe la exhibición de cigarros en puntos de venta.
México amplió desde este domingo 15 de enero la prohibición de consumir tabaco en diversos espacios públicos, desde playas hasta parques, así como su publicidad en cualquier medio de comunicación, según dispone una reforma legal aprobada por el Gobierno.
El decreto presidencial, que modifica la Ley General para el Control del Tabaco, apunta a «la regulación para la protección contra la exposición al humo de tabaco y sus emisiones», según el documento publicado en diciembre pasado.
Para ello, amplió la lista de espacios de «concurrencia colectiva» donde no se podrá «consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o nicotina».
Entre dichos espacios se cuentan patios, terrazas, balcones, parques de diversiones, áreas donde se congreguen niños y adolescentes, deportivos, playas, centros de espectáculos y entretenimiento, canchas, estadios, arenas, plazas comerciales, mercados, hoteles, paraderos de transporte, entre otros.
Las áreas públicas de prisiones y centros de detención también están sujetas a la prohibición, detalla el decreto.
La reforma legal también busca «establecer el control, fomento y vigilancia sanitaria» de sus productos y en particular prohibir «toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los mismos».
Bajo esta premisa, los consumidores de tabaco sólo podrán conocer de la disponibilidad y precio de sus productos preferidos mediante listas escritas con sus precios, pero «sin logotipos, sellos o marcas».
La prohibición de la promoción y publicidad del tabaco incluye también aquella realizada a través de redes sociales, por servicios de streaming, a través de «influencers» o cualquier otra forma de mercadotecnia digital, según detalla el decreto.