DERECHOS HUMANOS: Defienden legisladores los derechos de las personas con autismo, aprueban iniciativa «Alerta Azul»

“Quiero reafirmar mi compromiso por apoyar y estar presente siempre en la defensa de los derechos de las personas con autismo, mi trabajo está enfocado en tratar de hacerles más fácil el camino por el que atraviesan miles de familias, muestra de ello es esta iniciativa de alerta azul”, señaló la legisladora Sagrario Montaño.

Esta iniciativa ya es una realidad en Sonora, esta iniciativa busca que cuando una persona con condición del espectro autista se extravíe se active esta alerta y las autoridades procedan conforme a un protocolo de búsqueda especializado para que las autoridades encargadas realicen la búsqueda tomando en cuenta las particularidades de la persona que están buscando y que se le brinde a la ciudadanía información de utilidad para el caso de que ubiquen a la persona extraviada.

TRATO DIGNO PARA LAS TRABAJADORAS DEL HOGAR

De igual forma, con la finalidad de respaldar el trabajo digno de las trabajadoras del hogar, la legisladora Sagrario Montaño busca la adición de disposiciones al Código Penal del Estado de Sonora, las cuales tienen como objetivo principal aplicar sanciones a aquellas personas que cometan actos de discriminación contra trabajadores del hogar.

“Esta iniciativa busca reforzar los avances ya logrados mediante la implementación de un marco legal estatal que establezca sanciones severas y contundentes para aquellos que intenten vulnerar la ley dentro de las paredes de los hogares donde laboran las trabajadoras del hogar”.

Busca aplicar sanción de 1 a 4 años de prisión o de 150 a 300 días de trabajo comunitario y multa de hasta 400 unidades de medida y actualización a la persona que realice un acto de discriminación a una persona trabajadora del hogar.

Lo anterior es mediante la realización de cualquiera de las siguientes conductas: no formalizar la relación laboral mediante contrato por escrito, negar o restringir derechos laborales, explote laboralmente según los supuestos previstos en el artículo 21 Ley General Para Prevenir, Sancionar Y Erradicar Los Delitos En Materia De Trata De Personas Y Para La Protección Y Asistencia A Las Víctimas De Estos Delitos.

En caso de cuando la víctima sea una mujer la pena será de 2 a 6 años de prisión o de 200 350 días de trabajo a favor de la comunidad y multa de hasta 400 unidades de medida y actualización.

Las penas se agravarán en una mitad cuando, la víctima resida en el domicilio donde realice sus actividades cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de una persona menor de 18 años, adulto mayor, persona con cualquier tipo de discapacidad física o mental, migrante, indígena o mujer embarazada, la condición de migrante será aplicada cuando cualquier persona migre municipal, estatal o internacionalmente, este delito se perseguirá́ por querella.

De igual forma, se impondrán de 6 meses a 3 años de prisión, y en inhabilitación del ejercicio profesional será de 6 meses a 3 años: A los abogados, a los patronos o a los litigantes que no sean ostensiblemente patrocinados por abogados que mediante acoso, hostigamiento, amenaza o engaño realicen cualquier acto u omisión tendiente a vulnerar derechos laborales de una persona trabajadora del hogar.

“Es fundamental reconocer que ya no podemos ignorar la explotación laboral, la discriminación y las violaciones evidentes a los derechos laborales. Las personas que trabajan en el hogar son igual de valiosas que cualquier otro trabajador, que se esfuerzan día a día para mejorar la calidad de vida de sus familias”.

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